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Publican resoluciones relacionadas con la Empresa Estatal de Aplicaciones y Servicios Informáticos

  • Fecha de publicación: 24 Junio 2020
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La informatización de la sociedad es un programa priorizado del Estado cubano. Foto: Archivo/Cubadebate.
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Durante los últimos años se ha dado un impulso a la informatización de la sociedad cubana, así como a la autonomía de la empresa estatal socialista, propósitos bien definidos por los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución para el periodo 2016- 2021.

Con esa premisa acaban de ver la luz seis resoluciones relacionadas con la Empresa Estatal de Aplicaciones y Servicios Informáticos (EASI), publicadas hoy en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 42, las cuales definen y regulan un nuevo modelo de gestión que implementarán paulatinamente las 22 entidades de esta naturaleza existentes en el país.

Las normativas persiguen como objetivos:

  • Incentivar que la empresa estatal de aplicaciones y servicios informáticos exporte, sustituya importaciones y se inserte en encadenamientos productivos con posibilidad de inversión extranjera y que con sus resultados pueda capitalizarse tecnológicamente.
  • Flexibilizar la gestión económico-financiera de estas empresas, permitiéndoles con mayor autonomía la distribución de utilidades como salario y contribuir a la retención de la fuerza laboral.
  • Estimular la actividad de Investigación-Desarrollo e Innovación (i+d+i), la cooperación entre estas empresas, con universidades y centros de investigación; aumentando el desarrollo de aplicaciones y servicios informáticos de producción nacional.

Sobre las resoluciones y su carácter intersectorial, Miguel Gutiérrez Rodríguez, director general de Informática del Ministerio de Comunicaciones (Mincom), explicó que la articulación de aspectos como el sistema salarial, facilidades en el tratamiento tributario, y la profesionalidad de los trabajadores, entre otros, conllevó a un trabajo conjunto entre el Mincom y los ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Finanzas y Precios, Educación Superior y de Cultura.

Ministerio de Comunicaciones:

  • Resolución No. 48 de 2020: regula el proceso a seguir por las empresas para solicitar la inclusión en el nuevo modelo de gestión, a través de un expediente que serviría para la evaluación del grupo multisectorial y proponer al Mincom la decisión. También incorpora los elementos por los cuales se pierden las facultades.
  • Resolución No. 49 de 2020: establece los calificadores de cargos y roles por tipos de actividad, así como las bases de evaluación del rendimiento individual y colectivo en dichas empresas.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social:

  • Resolución No. 18 de 2020: establece los valores máximos y mínimos a pagar por categoría de roles, las facultades otorgadas a estas empresas sobre indicadores diferentes a los que regula la Resolución 114/2020 (sobre el pago por rendimiento). Igualmente, faculta al Ministro del Mincom para regular la clasificación de roles; categorías profesionales por rol y las bases de evaluación del rendimiento individual y colectivo en dichas empresas.

Ministerio de Finanzas y Precios:

  • Resolución No. 161 de 2020: establece ajustes en el tratamiento tributario a la actividad para las easi. Adicionalmente, faculta a estas empresas a la distribución de utilidades, después de impuesto, a los trabajadores, sin límite en la cantidad de salarios medios mensuales de lo percibido en el año.

Ministerio de Educación Superior:

  • Resolución No. 50 de 2020: autoriza la contratación directa de estudiantes y profesores por parte de las easi. Esta acción contribuye a elevar la capacidad para construir equipos de trabajo remunerados adecuadamente y fortalece la relación universidad-empresa, no solo en el uso de la fuerza laboral, sino que crea las condiciones para que los estudiantes eleven la profesionalidad y la especialización requerida.

Ministerio de Cultura:

Resolución No. 23 de 2020: actualiza el marco legal sobre el derecho de autor vinculado al desarrollo de aplicaciones informáticas. La anterior norma databa de 1999 y fue necesario atemperarla a los nuevos desafíos que suponen el reconocimiento del derecho de autor en este campo y la protección de este patrimonio intangible.

Ventajas esenciales de estas normas:

Contar con los recursos humanos, en cantidad y eficiencia, se ha vuelto un derrotero para el sector de la informática en su perfil estatal, por lo que la necesidad de ejercer nuevas formas de pago y otros beneficios se impone.

Guillermo Sarmiento Cabanas, director de Organización del Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), comentó que la Resolución No. 18 “contiene tres elementos esenciales, diferentes a lo que dispone la Resolución No. 114 de 2020, sobre las formas y sistemas de pago en el sector empresarial, pues se asocia a otras características, como los roles y categorías de trabajo, además del establecimiento de valores mínimos y máximos de salarios, según esos elementos y el resultado del trabajo en el mes.

“Para un director general, por ejemplo, esos valores, que se mueven desde el salario mínimo hasta un total de 8 500 pesos, tienen incluido los pagos adicionales legalmente establecidos y van a tener validez también para los casos en los que la ley prevé la aplicación del salario básico”.

Sarmiento Cabanas refirió, además, que en la categoría de roles establecida por el Ministerio de Comunicaciones, se diseñan varios generales. Igualmente están definidas las categorías profesionales y cómo se enlazan con la ocupacional.

Por otro lado, Ernesto Vallín Martínez, director de Industria Informática del Mincom, refirió las ventajas de las normas establecidas por este ramo.

A su juicio, “existen un grupo de indicadores en la Resolución No. 48, del Mincom, que ordena el proceso de aplicación de este modelo. La resolución No. 49, entretanto, regula hacia dentro de la empresa, pues las actividades y sus participantes se explican con mayor profundidad, según el diseño homólogo de la industria mundial de softwares”.

Para Vallín Martínez, lo contenido en estas normas constituye otro beneficio que se le incorpora a la empresa estatal, sobre todo porque identifica de mejor manera su estructura.

“Esto ayudará a corregir desviaciones, como la ocupación de rangos superiores por personal no calificado, o especializado en otra área, una práctica que vino a contrarrestar la necesidad de recursos humanos. No obstante, el sistema salarial y la definición de los roles y categorías, así como las evaluaciones al personal, permitirán el despliegue del capital humano para lo que realmente esté capacitado”, añadió.

A todas estas fortalezas se le suma la vinculación con las universidades, pues la norma que establece el Ministerio de Educación Superior proporciona la ventaja de trabajar directamente con estudiantes y profesores, pero sobre todo permite desarrollar una relación laboral a largo plazo, y la participación de ellos en los beneficios de los productos que elaboren, mediante una forma directa de pago.

Para consolidar aún más las EASI

Las nuevas normas contaron con el establecimiento, por el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), de concesiones y tratamientos a las empresas estatales del sector.

Rafael Agustín Meriño Betancourt, jefe del departamento de Política Arancelaria del MFP, aclaró varios de los elementos aplicables a cualquiera de estas entidades, que deberán estar avaladas para implementar el nuevo modelo de gestión.

Sobre el tratamiento tributario

  • Se les aplica un tipo impositivo del 17,5 % para impuesto sobre utilidades, el cual se paga a un 35 % actualmente.
  • Están exentas del pago del impuesto aduanero por la importación de equipamiento, tecnologías y herramientas informáticas.
  • Las empresas estarán eximidas del pago del impuesto sobre venta durante los tres primeros años, luego de iniciada la implementación del referido modelo.

Sobre el tratamiento financiero

  • Pueden retener hasta un 70 % de las utilidades, después del pago de impuestos, en los primeros cinco años, luego de iniciada la implementación del modelo. Una ventaja sobre lo actual, que solo pueden retener un 50 %.
  • Pueden distribuir utilidades, después del pago de impuestos, sin límite en la cantidad de salarios medios de lo percibido en el año que se liquida, cumpliendo con el procedimiento establecido.
  • Subvención de las exportaciones de servicios, aplicando lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios para evitar que la tasa de cambio actual desestimule la exportación de estas empresas.

Sobre el tratamiento de precios

  • Posibilita a las empresas formar los precios y tarifas de sus productos y servicios, por acuerdo de las partes y evitando el incremento de precios, en aras de proteger el mercado interno.
  • Queda prohibido aumentar el precio de los productos y servicios a las unidades presupuestadas.

(Tomado de Granma)

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